sábado, 31 de diciembre de 2011

Guatemala registró un promedio de 17 asesinatos diarios durante 2011

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Asesinan a alcalde electo de población del suroeste de Colombia

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Más de mil 100 alcaldes y 32 gobernadores colombianos asumen sus cargos este domingo

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DPCA califica de “retranca” gestión de Subero Isa en la SCJ

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Posiciones a favor y en contra a solicitud de remover jueces de San Cristóbal por supuestas anomalías

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El Papa preside hoy el Te Deum de Acción de Gracias por el año que finaliza

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Puerto Rico despide el año más violento de su historia reciente

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La oposición califica de injusto el ajuste económico del Gobierno de Rajoy

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Arrivo al 2012 con un país a la deriva

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Obama hace balance del año y mira con “optimismo” al 2012

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Chávez dice que el 2012 “será mejor” y “lo más grande está por ocurrir”

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El papa insta a un nuevo humanismo capaz de generar cultura y compromiso

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CEPAL prevé que economía de América Latina y el Caribe crecerá 4.4 % en 2011

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El oro acaba 2011 con un avance anual del 10,17 % en Nueva York

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OMS alerta del riesgo de un mal uso de las investigaciones sobre la gripe

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Primer muerto en China por gripe aviar en un año y medio

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Ministro de Salud asegura epidemia del cólera bajó su intensidad en el 2011

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Los bancos centrales mundiales aumentan reservas en dólares y reducen euros

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Wall Street salva 2011 con un avance del 5,53 % pese a la volatilidad extrema

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La ONU pide a los Estados miembros más capacidad de consenso para 2012

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Obama hace balance del año y mira con “optimismo” al 2012

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Google fue en EE.UU. la página más visitada en Internet en 2011

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jueves, 29 de diciembre de 2011

Chávez dice que Venezuela tiene gracias a Rusia más poder de combate

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Iberia afronta su segunda jornada de huelga, que afectará a 10,000 usuarios

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Puerto Rico se pronunciará en noviembre sobre su relación con EE.UU.

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El crudo de Texas sube 0.29 % y cierra en 99.65 dólares por barril

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El cantante boricua Manny Manuel, herido tras un confuso incidente

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Día de los Inocentes tomado por muchos para hacer bromas algunas veces de mal gusto

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Hallan cadáver de joven ahogada en La Romana

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Temblor de 4,8 grados sacude región chilena de Atacama sin causar daños

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Cámara de Cuentas asegura auditorias realizadas presentan irregularidades (video)

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Los microcréditos, un aliciente para los excluidos en República Dominicana

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BID: Latinoamérica “va por buen camino” pese a riesgos económicos externos

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Encuentran niño muerto en Boca Chica que había sido reportado como desaparecido

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Revelan falso médico era raso del Ejército Nacional

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Científicos mexicanos logran nuevas teorías de Alzheimer en banco de cerebros

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EE.UU. venderá 11,000 millones de dólares en armas a Irak, según New York Times

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La justicia española imputa al yerno del Rey por un caso de corrupción

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Descubren enzima puede ayudar a reducir efectos secundarios de quimioterapia

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En las próximas 48 horas decidirán donde operará TC, según Ray Guevara

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http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=318711

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http://www.diariolibre.com/noticias/2011/12/29/i318745_index.html

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miércoles, 28 de diciembre de 2011

Presidente Fernández juramenta nuevos jueces de las Altas Cortes

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Hambre, represión y nuclearización, los principales legados de Kim Jong-il

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Miss Brasil 2010 resulta gravemente herida en un accidente de tráfico

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Aumento del precio de los combustibles, principal fuente de riesgo para RD en 2012

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El Atlético y Mensajeros de la Paz construirán escuelas en Haití y Argentina

El Atlético y Mensajeros de la Paz construirán escuelas en Haití y Argentina

LA MEJOR INVERSIÓN EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

LA MEJOR INVERSIÓN ES EN EL NEGOCIO DE BIENES RAÍCES, REAL ESTATE, PORQUE LAS PROPIEDADES INMOBILIARIAS CON EL TIEMPO VAN ADQUIRIENDO MAS VALOR, PERO TENEMOS QUE TOMAR EN CUENTA SIEMPRE, QUE LOS INMUEBLES TENGAN SU TITULO DE PROPIEDAD AL DÍA, QUE CUMPLAN CON TODOS LOS REQUISITOS DE LA LEY.

INVIERTA HOY PARA UN FUTURO MEJOR.

INMOBILIARIA JUAN FCO. GUERRERO PEÑA, S. A., BIENES RAÍCES, REAL ESTATE, LA ROMANA, REPÚBLICA DOMINICANA; COMPRA, VENTA Y ALQUILER DE CASAS, VILLAS, APARTAMENTOS, SOLARES, PARCELAS, TERRENOS TURISTICOS, NAVES INDUSTRIALES Y LOCALES COMERCIALES.

PARA MAS INFORMACIÓN, FAVOR COMUNICARSE CON EL SR. JUAN FCO. GUERRERO PEÑA, A LOS TELÉFONOS: 809-556-6569 Y 809-757-9131.
CORREOS ELECTRÓNICOS: oficinaguerrero96@hotmail.com y guerreropea.juanfrancisco@gmail.com.       

Jenny Berenice Reynoso es elegida nueva fiscal del DN

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Wall Street cierra con un descenso del 1,14 % en el Dow Jones de Industriales

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ANJE resalta medidas económicas prioritarias para el 2012

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Obama y Hillary Clinton, los más admirados en Estados Unidos

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Benedicto XVI: “La familia es la primera escuela de oración”

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Detectan en Chile automóviles con radiactividad procedentes de Japón

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Retiran un libro sobre “curación” de la homosexualidad por protestas online

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Médicos aseguran que tumor que padece Fernández es “perfectamente curable”

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Nueva York registra en 2011 tercer índice de criminalidad más bajo desde 1963

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martes, 27 de diciembre de 2011

Más de 1,6 millones jamaicanos están llamados a las urnas el próximo jueves

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Nueva York registra la mayor esperanza de vida de su historia

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Un terremoto de 6.6 grados Richter sacude a Siberia

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Empresa demanda a exempleado por propiedad de cuenta en Twitter

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Nueva York registra la mayor esperanza de vida de su historia

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El crudo de Texas abre con un ascenso del 0.15 % hasta 99.83 dólares

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Fernández recibe reconocimiento internacional por aportes en salud para mujeres y niños

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ONU pide a Haití que investigue alegaciones de tortura a manos de la Policía

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Jueza argentina pide a España informes sobre ministros de dictadura de Franco

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lunes, 26 de diciembre de 2011

Instituto privado de seguridad EE.UU. afirma ataque informático puede repetirse

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La ONU empezará 2012 con el compromiso de “hacer más con menos”

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http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=318352

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http://www.diariolibre.com/noticias/2011/12/26/i318340_metro-huenga-londres-disputa-salarial-problemas.html

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http://www.diariolibre.com/noticias/2011/12/26/i318351_europeos-euro-crisis-promesas-economia.html

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sábado, 24 de diciembre de 2011

La Unión Europea lanza en Haití proyectos de promoción de derechos humanos

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La CE concede 3 millones a Haití, con lo que su ayuda llega a 38.5 millones

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Wall Street celebra la Navidad con una subida semanal del 3,6 %

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Rousseff firma decreto que eleva el salario mínimo en Brasil en un 14,13 %

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viernes, 23 de diciembre de 2011

ANJE lamenta selección de jueces de altas cortes sin antes atender al llamado que hiciesen varios sectores

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Drogas en Europa causan miles de muertes por sobredosis

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Cury censura las críticas de Vincho Castillo a Subero Isa

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Steve Jobs recibirá un Grammy póstumo por su contribución a industria musical

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Resaltan importancia de visitar al oftalmólogo

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Venezuela, el país con más embarazos adolescentes de Suramérica

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Sociedad Civil duda de la independencia de jueces Altas Cortes

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RD entre países de mayor calidad crediticia en AL

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Probiótico “Enterogermina”: para el manejo de la diarrea

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China suspende la venta de aves a Hong Kong tras brote de gripe aviar

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Wall Street celebra la Navidad con una subida semanal del 3,6 %

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El crudo de Texas sube el 0.15 % y cierra en 99.68 dólares por barril

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miércoles, 21 de diciembre de 2011

Wall Street cierra con un ascenso del 0,03 % del Dow Jones

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Mercosur se vuelve más proteccionista y busca ganar cuerpo ante crisis global

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El Reino Unido no halla conexión entre prótesis mamarias francesas y cáncer

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El Papa denuncia que la Navidad está perdiendo su “profundo” valor religioso

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Las relaciones con Haití

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Embajada EE.UU. “complacida” con decisión del Senado sobre AERODOM

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martes, 20 de diciembre de 2011

Mariano Rajoy investido presidente del Gobierno español

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Haití y Ecuador acuerdan nuevas líneas de cooperación

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Estudio dice que a esquizofrénicos les cuesta interpretar intenciones ajenas

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EE.UU. dona 13 millones de dólares para combatir explotación infantil en Perú

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Obama advierte que punto muerto sobre impuestos afectará a la economía

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El crudo de Texas sube el 3,55 % y cierra en 97,22 dólares por barril

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lunes, 19 de diciembre de 2011

El crudo de Texas sube el 0.37 % y cierra en 93.88 dólares por barril

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Empresa estadounidense invertirá US$250 millones en Parque Energia Solar en RD

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The New York Times anuncia venta de 16 periódico regionales

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Comer poco activa una molécula que mantiene joven el cerebro

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Ministerio de la Mujer lanza campaña contra violencia

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México no cree que la crisis de la eurozona deba tratarse en el G20

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Las exportaciones de América Latina y el Caribe crecieron un 26 % en 2011

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domingo, 18 de diciembre de 2011

Estudio señala que comer una manzana al día mantiene alejado al colesterol

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Merkel: “los alemanes tenemos mucho que agradecer a Havel”

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Según estudio la mortalidad por cáncer de mama es más alta en las mujeres hispanas

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Irán y Rusia acuerdan desarrollar campo petrolero con mil millones de dólares

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Oposición venezolana pide que Gobierno dé garantías para ingresar al Mercosur

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Por tu equipaje te conocerán

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Senado de EE.UU. aprueba acuerdo bipartidista que evita cierre del Gobierno

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sábado, 17 de diciembre de 2011

http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=317286

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VF.-Vida y Familia - DiarioLibre.com

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http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=317275

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http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=317349

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viernes, 16 de diciembre de 2011

Unión Europea y Banco Mundial colaborarán con RD para mejorar gestión del gasto público

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El crudo de Texas abre con un ascenso del 0.44 % hasta 94.28 dólares

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La adicción a la cafeína, más vinculada al hígado que al cerebro

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El tumor de Lula se redujo un 75 por ciento con la quimioterapia

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El Alzhéimer podría detectarse precozmente mediante un análisis de sangre

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Condenan en EE.UU. a colombiano que en varias ocasiones trajo cocaína y heroína al país

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Benedicto XVI pide a los jóvenes luchar contra la corrupción e injusticias

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España se alegra por el fin definitivo del “desastre bélico ilegal” en Irak

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ONU pide a OMC dejar de tratar derecho a la alimentación como una mercancía

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Actor Christian Bale atacado cuando intentaba visitar a un disidente chino

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Senador haitiano pide al Gobierno tratar con dignidad a sus compatriotas

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PC identifica escollos en JCE para las próximas elecciones

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http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=317141

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http://www.diariolibre.com/noticias/2011/12/16/i317273_sismo-temblor-mexico-victimas.html

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http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=317220

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jueves, 15 de diciembre de 2011

http://www.diariolibre.com/noticias_det.php?id=316828

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martes, 13 de diciembre de 2011

La biografía de Steve Jobs, el libro más vendido del año en Amazon

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Lindsay Lohan se desnuda en la revista Playboy y reflexiona sobre sus errores

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Califican de irracional decisión de la Suprema de validar desnaturalización que lleva JCE con haitianos nacidos en RD (video)

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domingo, 11 de diciembre de 2011

GLOSARIO DE TÉRMINOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CON LA LETRA A.

ACCIDENTE DEL TRABAJO:
Toda acción que provoque lesión corporal, estado mórbido o pérdida de vida al trabajador con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

ACCIDENTE EN EL TRAYECTO (INTINERE):
Es el accidente de tránsito que sufre el trabajador en horas laborables y/o en la ruta regular hacia o desde el centro de trabajo.

ACTIVOS ACTUARIALES:
Monto de los recursos disponibles para enfrentar los compromisos presentes y futuros en el sistema previsional (pensiones).

ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP):
Son sociedades financieras, públicas, privadas o mixtas, constituidas de acuerdo con las leyes del país, con el objetivo exclusivo de administrar las cuentas personales de los afiliados, los planes de pensiones bajo el régimen de capitalización individual que operen con  carácter complementarios e invertir adecuadamente los fondos de pensiones; otorgar y administrar las prestaciones del sistema Previsional, observando estrictamente los principios de seguridad y las disposiciones de la ley, sus reglamentos y sus normas complementarias.

ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE RIESGOS LABORALES:
Gestión y operación del riesgo de la provisión de los servicios por Riesgos Laborales y que estará a cargo del Instituto Dominicano de Seguro Social (IDSS), bajo las condiciones establecidas por la ley 87-01 y sus normas complementarias.

ADMINISTRADORA DE RIESGO DE SALUD (ARS):
Entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, autorizadas  por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud  a una determinada cantidad de beneficiarios.   Las Ars llenan la función de aseguramiento en el campo de la salud.  Comprende al IDSS, a las igualas médicas, seguros de salud y seguros auto administrados registrados en el País.


LA PLANIFICACIÓN EN LOS NEGOCIOS.

El concepto de planificación lleva implícita la idea de futuro.   En toda empresa, la supervivencia dentro de su entorno competitivo en el futuro supone un gran nivel de incertidumbre.   Para reducir dicha incertidumbre, es necesario prever los objetivos empresariales a largo plazo y los recursos necesarios para lograrlos.  Es necesario, así que la empresa decida dónde quiere estar en un futuro para poder fijar, en función de esta  decisión, sus pautas de comportamiento dentro de los mercados en que opera.

La planificación, implica por tanto la organización y la gestión de los recursos disponibles.  Es, de todo punto imprescindible que la empresa cuente con un conocimiento completo de sus recursos internos, debe saber cómo coordinarlos y como estructurarlos para poder lograr de ellos el mayor beneficio posible.  No cabe duda, además, de que empresa precisa de recursos externos de los que dispone.  La planificación no debe olvidar estos últimos, puesto que es imprescindible que la dirección de la empresa tenga capacidad para conseguir todos los recursos complementarios que jugaran un papel esencial en la evolución de la organización hacia sus fines previstos.

El esfuerzo cotidiano de la organización no debe ser otra cosa que el resultado de la planificación realizada, visto desde la óptica de pequeños esfuerzos, tareas y acciones permanentes de la empresa.

Dicho de otra manera, la actividad diaria es condición necesaria para el logro de los objetivos previstos, en caso contrario no estaría justificado, sería un coste inútil.

Por último, no tiene sentido hablar de planificación sin control.  El control de los resultados, el control de los esfuerzos y la relación entre ambos, deben consustanciales con cualquier modelo de planificación que la empresa quiera implementar.

IMPUESTOS SOBRE SUCESIONES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES?

Es un impuesto al patrimonio aplicado sobre las transferencias a título personal gratuito, por causa de muerte (herencia y/o legado).

  ¿QUE GRAVA ESTE IMPUESTO?

Toda herencia recibida, con la existencia o no de un testamento de bienes muebles e inmuebles situados dentro del territorio nacional y sobre los muebles, sin importar que se encuentren fuera del país, si el fallecido era dominicano o haya tenido su último domicilio en el país.

¿QUIENES DEBEN PAGAR ESTE IMPUESTO?

Los herederos, sucesores y los beneficiarios de testamentos.

¿HAY ALGUNA EXENCIÓN PARA EL PAGO DE ESTE IMPUESTO?

El monto de la transmisión que sea inferior a Quinientos pesos Dominicanos (RD$500.00).

Cuando el monto sea inferior a Mil Pesos Dominicanos (RD$1,000.00), siempre que se trate de parientes directos del fallecido (hijos y padres).

El bien de familia instituidos por Ley.   Los Seguros de Vida del fallecido.

Los Legados por Testamento o establecimientos públicos o instituciones de caridad o beneficencia

¿CUAL ES LA TASA A PAGAR?

La tasa a pagar es de un 3% sobre la masa sucesoral (herencia), luego de realizadas las deducciones correspondientes.  

martes, 29 de noviembre de 2011

EL LIDERAZGO EN LOS NEGOCIOS.

El liderazgo es muy importante en los negocios, porque nos encontramos con la necesidad de que cada decisión tomada sea considerada por quien tiene que llevarla a cabo lo suficientemente necesaria y justificada como para dedicar todo el empeño en su realización satisfactoria.  Por lo tanto, la dirección encargada de la toma de decisiones precisa contar con una notable capacidad de ejercer determinada influencia sobre las personas clave de la empresa para lograr la colaboración voluntaria de esas en pro del beneficio empresarial.  A esta capacidad le llamamos Liderazgo.

Lograr la colaboración voluntaria implica lograr que las personas de  la organización se sientan realmente participes del desarrollo de la misma y beneficiarios de los beneficios que en el futuro se puedan generar. En definitiva para lograr los objetivos propuestos necesitamos de la colaboración voluntaria de todos los colaboradores y para ello se deben considerar co-participes de las decisiones tomadas.

Teniendo en cuenta que para tener éxito en mercados lejanos, y aquí estamos hablando de internacionalización, es imprescindible ser competitivo, y que la competitividad viene determinada entre otros factores por la capacidad que las personas responsables que en cada mercado exterior tienen que identificar y transmitir lo mas rápidamente posible a la central todos aquellos aspectos de su entorno y bajo su  responsabilidad del País de se trate, ya que pueden influir en los resultados de la empresa, y para ello es imprescindible conseguir un clima de confianza mutua.  Por lo que es necesario fomentar el desarrollo de un estilo de Liderazgo participativo que garantice esta colaboración voluntaria.

De lo contrario nos podemos encontrar con situaciones imprevistas que nos perjudican y se podrían haber evitado o con oportunidades desaprovechadas por desconocimiento de las mismas.

El Liderazgo participativo y la confianza mutua que este genera son contribuyentes netos para el logro de los objetivos de cualquier organización, pero si esta tiene intereses lejanos, como es el caso de las empresas que se mueven en entornos internacionales, mucho más.

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, SEGURIDAD SOCIAL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

Es el régimen que integra a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores.  Es financiado por los trabajadores y empleadores incluyendo al Estado en su condición de empleador.

¿CUALES SON LOS SEGUROS Y BENEFICIOS DE ESTE RÉGIMEN?

Son:
Seguro Familiar de Salud.
Seguro de Pensiones.
Seguro de Riesgos Laborales.

Los beneficios en salud son:
Plan básico de salud.
Subsidio por enfermedad.
Subsidio por maternidad.

Los beneficios en pensiones son:
Pensión de discapacidad, total o parcial.
Pensión de Cesantía por edad avanzada.
Pensión de sobrevivencia.

Los beneficios en riesgos laborales son:
Atención médica.
Atención odontológica.
Prótesis , anteojos, aparatos ortopédicos y sus reparaciones.
Indemnización por discapacidad.
Pensión por discapacidad.
Pensión de sobrevivencia.

viernes, 25 de noviembre de 2011

CICLO DE VIDA DEL CONTRIBUYENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Comprende el conjunto de obligaciones, deberes y derechos del contribuyente frente a la Administración Tributaria, desde que inicia operaciones que generan obligaciones tributarias, hasta su desvinculación por las distintas causas de hecho y de derecho que puedan producirse.

1) INSCRIPCIÓN AL RNC.

Inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), donde se incorpora el número de Cédula de Identidad y Electoral, si es persona física, o se le asigna un código contenido en una Tarjeta de Identificación Tributaria (TIT), en caso de persona jurídica (empresa).

2) IMPRESIÓN DE FACTURAS.

Los contribuyentes deberán solicitar a la DGII, la asignación de Número de Comprobante Fiscal (NCF), para todos los comprobantes fiscales a emitir, sean estos generados directamente a través de medios informáticos o elaborados por una imprenta.

3) INICIO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA.

El inicio de actividades económicas, es el momento a partir del cual el contribuyente comienza a operar el negocio o brindar los servicios que generen obligaciones tributarias.

4) REGISTRO DE OPERACIONES.

Llevar registros de ingresos y gastos, de comprobantes de las actividades realizadas y de facturas propias del desarrollo de la actividad comercial o profesional.

5) PRESENTACIÓN DECLARACIÓN JURADA.

La declaración Jurada es el documento en el que, bajo la fe de juramento, el contribuyente ofrece informaciones determinantes de su obligación tributaria.   Se presenta en las fechas, formas y lugares establecidos por las leyes y reglamentos tributarios; generalmente mediante formularios elaborados para esos fines.

6) PAGO DEL IMPUESTO.

Realizar el pago de los montos establecidos en la forma que indiquen las leyes y reglamentos tributarios.

7) FIN DE ACTIVIDAD.

Comunicar por escrito, debidamente justificada, las razones del fin de la actividad que puede ser un cese temporal, cierre definitivo, venta o fusión del negocio, si se trata de persona jurídica, o por fallecimiento en caso de persona física.

ACTIVIDADES EVENTUALES.

Eventualmente el contribuyente necesitará acercarse a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para realizar otras actividades relacionadas con sus operaciones, tales como:

Solicitar:
Números de Comprobantes Fiscales.
Certificaciones.
prórrogas.
Acuerdos de Pago.
Compensación.
Cese temporal.

Realizar:
Modificaciones al RNC.
Rectificativas.
Pago a cuenta.

Informar sobre:

Cierre definitivo del negocio.
venta.
Fusión.

Asimismo, eventualmente la DGII podrá:

Solicitar información al contribuyente.
Notificar al contribuyente.
Controlar y fiscalizar al contribuyente.
 

miércoles, 23 de noviembre de 2011

SEGURO DE RIESGOS LABORALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL SEGURO DE RIESGOS LABRALES (SRL)?

Es el seguro de la Ley 87-01 destinado para prevenir y cubrir los daños ocasionados por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.  Comprende toda lesión corporal y todo estado mórbido que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que presta por cuenta ajena.  Incluye los tratamientos por accidentes de tránsito en horas laborables y/o en la ruta hacia o desde el centro de trabajo.

¿CUALES SON LAS NORMATIVAS?

La Ley 87-01.
El Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales.
Las Resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que así lo establezcan.

¿QUIENES DEBEN ESTAR AFILIADOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES (SRL)?

Los empleadores y trabajadores bajo dependencia.

¿COMO AFILIARSE?

Automáticamente, el empleador registra su empresa e inscribe a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

¿CUALES SON LAS PRESTACIONES?

Prestaciones en especie:
Atención médica y asistencia odontológica.
Prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación.

Prestaciones en dinero:
Subsidio por discapacidad temporal.
Indemnización por discapacidad.
Pensión por discapacidad y Pensión de sobrevivencia.


LA DIRECCIÓN EN LOS NEGOCIOS.

Dirigir, tal y como se entiende en el ámbito de la empresa, no es otra cosa que tomar decisiones y garantizar que se lleven a cabo.   Lo cual implica asignar los recursos escasos a tareas selectivas.

A lo largo de la vida de la empresa es necesario marcar un camino que hará que esta se posicione positivamente dentro de los mercados en los que opere.   Cada una de estas pautas son decisiones que se toman desde la dirección de la organización.

La dirección, por tanto, debe conocer todos y cada uno de los recursos de los que dispone, puesto que todos influirán en todas las situaciones que afecten a la empresa.   Deberá, por tanto, coordinar conjuntamente todos estos recursos en función de cada decisión y por tanto de cada finalidad marcada, consiguiendo que estos se comporten de manera integrada como un sistema único e indispensable para garantizar el éxito de la empresa en un futuro más o menos cercano.

Parece obvio aclarar que para lograr ese éxito antes de cualquier decisión, es necesario determinar un horizonte temporal dentro del cual se puedan enmarcar los objetivos de la empresa (bien sean objetivos a corto o largo plazo).


domingo, 20 de noviembre de 2011

DESTINO DE LOS IMPUESTOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIA.

A continuación veremos las instituciones que elaboran el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.

MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO.

Formula lineamientos de política de desarrollo económico, social y territorial.
Somete al Consejo de Gobierno para su conocimiento y aprobación.

INSTITUCIONES PUBLICAS.

De acuerdo con los lineamientos aprobados por el Consejo de Gobierno, cada institución prepara su plan estratégico institucional y su presupuesto anual.

MINISTERIO DE HACIENDA.

Elabora las políticas presupuestarias y formula Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.

PODER EJECUTIVO.

Consejo de Gobierno aprueba Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos, el cual es sometido al Poder Legislativo, para convertirlo en Ley.

PODER LEGISLATIVO.

Congreso Nacional (Senado y Cámara de Diputados) aprueba Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.

                                                            INGRESOS TRIBUTARIOS.

Presentamos las instituciones encargadas de administrar y distribuir el dinero recaudado a través de los impuestos que pagan los contribuyentes.

                                                      ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (DGA).

Colecturías.
Internet.
Bancos autorizados.

DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII).

Administraciones Locales.
Internet.
Bancos autorizados.

Recaudan el dinero de los impuestos y lo depositan en la cuenta de la tesorería del Banco de Reservas.

TESORERÍA NACIONAL.

Administra los ingresos tributarios y otros ingresos, y los distribuye a las instituciones públicas para que ejecuten su presupuesto previamente aprobado.

Las Instituciones Públicas, realizan obras y servicios que reciben los ciudadanos:

SALUD, EDUCACIÓN, SEGURIDAD, CARRETERAS, AGUA POTABLE, BIBLIOTECAS, DEPORTES. 

       

viernes, 18 de noviembre de 2011

SEGURO DE PENSIONES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Es un conjunto de seguros integrados por un sistema de capitalización, basado en una Cuenta de Capitalización Individual (CCI) para cada afiliado y un sistema de Reparto, solidario, con un fondo común, de beneficios definidos y acumulación año a año.

¿COMO SE FINANCIA?

El seguro de pensiones en el régimen contributivo se financia mediante las cotizaciones y contribuciones obligatorias de los empleadores y de los trabajadores, los beneficios, intereses y rentas provenientes de las reservas del Fondo de Solidaridad, las multas, entre otras.

¿CUALES SON LAS PRESTACIONES?

Pensión por vejez.
Pensión por discapacidad, total o parcial.
Pensión por Cesantía por edad avanzada y
Pensión de sobrevivencia.

¿COMO AFILIARSE AL SEGURO DE PENSIONES?

A través de la nomina de su empleador, el cual tiene la obligación de registrar a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).   El trabajador debe elegir la Administradora de Fondos de Pensiones que administrará su Cuenta de Capitalización Individual.   Si usted no elige,  el Sistema lo afilia automáticamente en la AFP donde estén la mayoría de sus compañeros de trabajo.

¿QUE ES UNA CUENTA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL (CCI)?

Es el registro individual unificado de los aportes, que de acuerdo a lo establecido en la ley 87-01 es propiedad exclusiva de cada afiliado.   Este registro se efectúa en la AFP de elección del trabajador y comprende todos los aportes voluntarios y obligatorios, la rentabilidad y el bono de reconocimiento, si aplica.

domingo, 6 de noviembre de 2011

REGISTROS Y PAGOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿DONDE SE PAGA LA SEGURIDAD SOCIAL?

En la red bancaria y entidades autorizadas por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), para recibir el pago de los aportes de los contribuyentes.

¿A NOMBRE DE QUIEN SE REALIZAN LOS PAGOS A LA SEGURIDAD SOCIAL?

A nombre de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

¿ COMO SE VERIFICA EL HISTORIAL DE PAGO DEL TRABAJADOR EN LA SEGURIDAD SOCIAL?

Comunicándose con la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).

¿LOS EMPLEADOS EXTRANJEROS COTIZAN A LA SEGURIDAD SOCIAL?

Si, todos los trabajadores residentes legales deben cotizar.

¿EN QUE CONSISTE EL ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) Y LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

Es un acuerdo entre ambas instituciones, a través del cual se desarrollan intercambios de informaciones sobre las empresas públicas y privadas, a los fines de facilitar las retenciones de impuestos sobre la renta y los aportes de la seguridad social.

¿DONDE SE CONSIGUEN LAS NORMATIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

En las páginas de Internet de los organismos e instituciones de la Seguridad Social.

Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
Superintendencia de Pensiones (SIPEN).
Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA)
Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Otras. 

lunes, 10 de octubre de 2011

ACUERDO DE PAGO EN MATERIA TRIBUTARIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

               ¿QUE ES UN ACUERDO DE PAGO?

  Es la facilidad que otorga la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a los contribuyentes para pagar en cuotas parciales las deudas que mantengan con la Administración Tributaria.

Mediante estos acuerdos o facilidades, el contribuyente puede saldar el monto de su deuda mediante cuotas determinadas según el plan de acuerdo seleccionado, siempre que la deuda sea generada por impuestos que impliquen ISR, ITBIS, Sucesiones y Donaciones, IPI, Selectivo, Activos, Retenciones, Ajustes, Deudas originadas por procesos de Fiscalización y/o deudas que se encuentren en la instancia de Cobro Coercitivo.

                   ¿COMO SE SOLICITA UN ACUERDO DE PAGO?

  Los acuerdos de pago serán solicitados por los contribuyentes completando el Formulario de Solicitud de Acuerdo de Pago (FI-COBR-651) o mediante una comunicación escrita dirigida a la DGII.

En caso de personas físicas, se requiere que el formulario de Solicitud de Acuerdos de Pago (FI-COBR-651) o la comunicación escrita sea firmado (a) por el interesado o por un representante autorizado por el contribuyente a través de un poder legal.

En caso de Sociedades, se requiere que el formulario de Solicitud de Acuerdos de Pago (FI-COBE-651) o la comunicación escrita contenga el sello Gomigrafo de la empresa y esté firmado por un representante de la misma, con calidad expresa para suscribir compromisos de pago a nombre de la empresa.

Los contribuyentes pueden solicitar los acuerdos de pago que requieran para los diferentes impuestos.

No se generarán nuevos acuerdos de pago si el contribuyente presenta cuotas vencidas de acuerdos anteriores. 

LA TUBERCULOSIS.

Habitualmente, La Tuberculosis se localiza en los pulmones, pero puede afectar prácticamente a cualquier órgano del cuerpo humano.

La Tuberculosis se transmite a través de partículas expulsadas por el paciente infectado con la tos, estornudo, hablando, cantando, entre otros.

                                                                    SÍNTOMAS.

Dificultad respiratoria, tos y expectoración, fiebre, pérdida de peso, sudoración nocturna, entre otros.

                                                                    PREVENCIÓN.

Puede prevenirse por medio de la vacuna contra la tuberculosis (BCG), también llevando una vida sana e higiénica, identificando oportunamente a los enfermos y asegurando su curación para no contagiar a otras personas.

MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR EL CONTAGIO.

La persona infectada debe protegerse siempre que tosa con pañuelos desechables.   Evitando así, el efecto aerosol.

Lavado de manos después de toser.

Ventilación adecuada del lugar de residencia.

Limpiar el domicilio con paños húmedos.

Utilizar mascarilla en zonas comunes.

Restringir visitas a personas no expuestas a la enfermedad.

Garantizar el completo tratamiento.

EL SECTOR ENERGÉTICO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

La Ley General de Electricidad rige lo referente a la Producción, transmisión, distribución y comercialización de electricidad, así como a las funciones de los organismos estatales relacionados con estas materias.

Los objetivos de esta ley incluyen el de promover y garantizar la oportuna oferta de electricidad que requiera el        
desarrollo del País, en condiciones adecuadas de calidad, suministro y continuidad, con el óptimo uso de recursos y la debida consideración de los aspectos medioambientales, así como el de promover la participación privada y una sana competencia en todas aquellas actividades del subsector eléctrico en que ello sea factible.

La Ley General de Electricidad llama además a que el suministro y la comercialización de la electricidad se efectúen con criterios de neutralidad y sin discriminación, asegurando la protección de los usuarios y el cumplimiento de sus obligaciones.

domingo, 9 de octubre de 2011

COMPROBANTES FISCALES ESPECIALES.

Son documentos que podrán ser utilizados como comprobantes fiscales, a los fines de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales autorizados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).     Los Comprobantes Fiscales Especiales deben ser autorizados por la DGII.

REGISTRO DE PROVEEDORES INFORMALES.

Se usará para el registro de créditos de ITBIS y/o costos y gastos del ISR, de proveedores no registrados o informales, por parte del contribuyente que los va a hacer valer ante la DGII.

Lo emite él que usará el crédito de ITBIS o registrará el costo y gasto para el Impuesto sobre la Renta (ISR).

Se emite a nombre del proveedor indicando su Cédula de Identidad y Electoral.

CASOS EN LO QUE SE USA ESTE TIPO DE COMPROBANTES FISCALES ESPECIALES.

Proveedores no registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
Ejemplo:
Proveedores de productos agrícolas, pesqueros, servicios de transporte, entre otros 

¿QUE ES LA PENSIÓN POR EDAD AVANZADA?

Es el beneficio que obtiene el afiliado cuando queda privado de un trabajo remunerado, ha cumplido cincuenta y siete (57) años de edad, y tener un mínimo de trescientas (300)  cotizaciones acumuladas en su cuenta de Capitalización Individual (CCI).

¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA PENSIÓN POR VEJEZ, EN FUNCIÓN  DE LA LEY 1896 SOBRE SEGUROS SOCIALES DEL AÑO 1948?

El beneficiario o su representante legal deberán solicitarla al Instituto Dominicano de Seguros Sociales, específicamente en el Departamento de Pensiones y Jubilaciones.

Requisitos:

Para  aplicar debe tener un mínimo de 400 cotizaciones semanales pagadas, para la Pensión reducida, y para la plena, debe haber acumulado un mínimo de 800 cotizaciones semanales pagadas.

Documentos:

Formulario de solicitud de pensión por Vejez (completado correctamente).
Extracto del acta de nacimiento certificada y legalizada.   Copia de la cédula de identidad y electoral y/o carné de la seguridad social.
Presentación de los documentos en un (1) original y dos (2) copias.

sábado, 8 de octubre de 2011

PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO DE TRIBUTACION (PST) EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Es un método que facilita el cumplimiento tributario de los medianos y pequeños contribuyentes, sean personas jurídicas o personas físicas, y que permite liquidar el Impuesto sobre la Renta (ISR) en base a sus compras o ingresos, así como pagar el Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en base a la diferencia entre sus ingresos y compras (valor agregado bruto).

¿QUIENES PUEDEN ACOGERSE AL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO DE TRIBUTACION (PST)?


  1. Los contribuyentes Personas Físicas y Jurídicas del sector Comercial de Provisiones al por mayor y detalle y las Pequeñas Industrias, cuyas compras sean de hasta Treinta Millones de Pesos Dominicanos (RD$30,000,000.00) anuales, tales como:  Colmadones,  Almacén de Provisiones, Farmacias, Panaderías, entre otros.
     2.  Los contribuyentes Personas Físicas o Negocios de Único  Dueño sin contabilidad organizada, cuyos ingresos no superen los Seis Millones Quinientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Pesos (RD$6,532,800.00) anuales, tales como: Colmados, Salones de Belleza, Profesionales Liberales (Abogados, Médicos, Odontólogos,  Contadores) y otros.

     3.   Los contribuyentes que actualmente están acogidos al Régimen de Estimación Simple (RES), quienes deberán acogerse a uno de los dos métodos del PST, o pasar al régimen ordinario.

SECTOR PORTUARIO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

La Ley 70, promulgada el 17 de diciembre del 1970, crea la Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM) una institución con  carácter autónomo, patrimonio propio e independencia y duración ilimitada.

Sus actuaciones están sujetas a las prescripciones de dicha ley y a los reglamentos que dicte el Poder Ejecutivo sobre la materia.

Dentro de las principales funciones puestas a cargo de APORDOM están:

Dirigir, administrar, explotar, operar, preservar y mejorar los puertos marítimos de carácter bajo su control y administración, excepto los puertos de carácter militar y de las secciones de puertos que tengan ese carácter.

Controlar y fiscalizar la explotación, operación, y mantenimiento de los puertos marítimos de carácter privado construidos ó explotados por particulares en uso de concesiones o arrendamientos otorgados por el Estado.

Dirigir y ejecutar en los recintos de los puertos comerciales lo relativo a entradas, salidas, atraques y estadía de barcos, así como la operación de embarque, desembarque y depósito o almacenaje de cargas, con la responsabilidad de no permitir su embarque sin la participación de funcionarios de Aduanas.

¿QUE ES LA PENSIÓN POR VEJEZ?

Son los ingresos mensuales que  recibe un afiliado para compensar la pérdida a consecuencia de su retiro por haber terminado su vida laboral.

¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA PENSIÓN POR VEJEZ EN EL SISTEMA CUENTA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL (CCI)?

Los beneficiarios o su Representante Legal, deben solicitarla vía la Administradora de Fondos de Pensiones.

REQUISITOS:

Tener la edad de sesenta (60) años y haber cotizado 360 meses.

DOCUMENTOS:

Formulario de solicitud de pensión por vejez (completado correctamente).
Extracto del acta de nacimiento certificada y legalizada.
Copia de la cédula de identidad y electoral y/o carné de la seguridad social.

viernes, 7 de octubre de 2011

OPERACIONES AUTORIZADAS DE INTERMEDIACIÓN CAMBIARIA Y SERVICIOS RELACIONADOS AL NEGOCIO DE DIVISAS.

Todas las entidades autorizadas a operar en el mercado de cambio por las autoridades monetarias, de acuerdo con lo establecido en la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 del 21 de noviembre de 2002 y sus reglamentos de aplicación, deben registrar sus ingresos diarios en un Comprobante Especial de Registro Único de Ingresos por día debidamente autorizado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

En tanto que las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por los contribuyentes que están autorizados a operar en el negocio de compra y venta de divisas, deberán estar sustentadas con comprobantes fiscales debidamente autorizados por la DGII.

Por las operaciones de compra de divisas no se tendrá que emitir facturas con número de comprobante válido para fines fiscales (NCF) cuando un contribuyente adquiera dichas divisas en una entidad autorizada a ejercer la función de intermediación cambiaria, en el entendido de que las compras de divisas no se constituyen en un gasto.

Los intermediarios cambiarios autorizados deberán entregar anualmente en la forma y en los medios que la dgii publicará en su dirección en Internet www.dgii.gov.do, 60 días posterior a su fecha de cierre, un reporte detallado de las operaciones de compras o ventas de divisas realizadas, indicando la Razón Social, el RNC, Cédula o cualquier otro documento válido para fines de identificación del comprador o vendedor, la fecha de la transacción, tipo de divisa, volumen y tasa de cambio.

AUMENTO TOPES SALARIOS COTIZABLES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

El Consejo Nacional de Seguridad Social, mediante su Resolución número 275-04 del 29 de junio de 2011, fijó en Siete Mil Quinientos Ochenta y Tres Pesos Dominicanos (RD$7,583.00) el monto del Salario Mínimo Nacional para calcular el límite superior del salario cotizable del Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, del Seguro de Riesgos Laborales y del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, calculado en base al promedio de las tres clasificaciones de los salarios mínimos del sector privado no sectorizado establecidos por el Comité Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo.

En ese sentido, desde el 01 de julio 2011 el tope de contribuciones para los tres seguros es:

             SEGURO                                                                       TOPE

SEGURO DE RIESGOS LABORALES                                  RD$ 30,332.00
 
SEGURO FAMILIAR DE SALUD                                          RD$ 75,830.00
                                                      
SEGURO DE VEJEZ, DISCAPACIDAD Y
SOBREVIVENCIA(PENSIONES                                           RD$151,660.0

jueves, 6 de octubre de 2011

¿QUE ES LA PENSIÓN POR SOBREVIVENCIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA?

Es el beneficio al cual tiene derecho la esposa o la compañera de vida del afiliado fallecido y los hijos menores de 18 años, hasta 21 años sin son estudiante y los hijos discapacitados, dependientes del titular, sin importar la edad.

¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA PENSIÓN POR SOBREVIVENCIA?

El o los dependientes sobrevivientes del afiliado fallecido deben presentarse por ante la AFP ó el IDSS   y hacer la solicitud, mediante el formulario oficial denominado "Solicitud de sobrevivencia y declaración de beneficiario".

Documentos:

Extracto del Acta de Defunción del Afiliado, debidamente legalizada.
Extracto del acta de nacimiento del cónyuge.
Extracto del acta de matrimonio del cónyuge.  En caso de existir una unión de hecho deberá anexarse un acto de notoriedad en el que se declare la unión.
Extracto del acta de nacimiento de todos los hijos del afiliado fallecido, menores de 21 años.

Si hubiere hijos adoptivos se deberá presentar la documentación legal que los acredite como tales.
Consejo de familia, debidamente homologado cuando el beneficiario sea menor de edad en ausencia de tutores legales.

Acto de notoriedad para validar los hijos y la unión de hecho si aplica.

De existir hijos discapacitados de cualquier edad, deberá presentar una certificación de calificación de discapacidad emitida por la Comisión Médica Regional que corresponda.
Acta policial en caso de muerte no natural.

FUNCIONES BÁSICAS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

Las Administraciones Tributarias han identificado como funciones básicas:

Recaudación.

Fiscalización.

Cobranza.

Asistencia e Información al Contribuyente.

FUNCIÓN DE RECAUDACIÓN.

La recaudación consiste en el cobro de los impuestos liquidados, sea por los contribuyentes en sus declaraciones, sea por los procedimientos que ejerce la Administración a través de sus facultades, es decir, la percepción de las cantidades debidas por los contribuyentes, como consecuencia de la aplicación de las leyes y normas tributarias.

FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN.

La función de fiscalización comprende la revisión y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente, realizando un conjunto de acciones y tareas para verificar la correcta aplicación de las leyes y normas tributarias.   Implica una revisión con cierto nivel de profundidad de casos detectados por la Administración.

FUNCIÓN DE COBRANZA.

La función de Cobranza es la que faculta a la Administración a exigir que los contribuyentes paguen efectivamente el monto de los tributos al Estado.   Puede ser persuasiva o coactiva.

FUNCIÓN DE ASISTENCIA E INFORMACIÓN AL CONTRIBUYENTE.

Mediante esta función se realizan acciones para facilitar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, haciendo más cómodo su contacto con la Administración para realizar los procedimientos tributarios que requiera.    

miércoles, 5 de octubre de 2011

REGISTRO DE SOCIEDADES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES AL REGISTRO NACIONAL DEL CONTRIBUYENTE (RNC).

Las Sociedades que soliciten RNC, con Aportes en Naturaleza, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:

Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y anexos correspondientes.

Copia de Certificados de Títulos o documentos que establezcan la propiedad del bien aportado.

Declaración del Impuesto a la Propiedad inmobiliaria (IPI), sólo para casos de aportes de inmuebles.

Las Sociedades que solicitan RNC, con Aportes en   Numerario, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:

Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y anexos correspondientes.

Las Sociedades de Hecho y en Participación, tienen que cumplir con el siguiente requisito:

Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02).

Las Sociedades Extranjeras tienen que cumplir con los siguientes  requisitos:

Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y anexos correspondientes.

Las Sociedades Extranjeras cuando desean adquirir inmuebles, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:

Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02).

Copia de los Documentos constitutivos de la Sociedad en el Extranjero , legalizado por el Consulado Dominicano del País de origen.

Copia del Contrato del Inm,ueble debidamente firmado.

Documentos traducidos al Idioma Español (si aplica).

DEDUCCIONES SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Para determinar la Renta Neta Imponible, se restarán de la Renta Bruta los gastos necesarios efectuados efectuados para obtenerla, mantenerla y conservarla.

Se consideran gastos deducibles los siguientes:

Intereses.
Impuestos y Tasas que graven los bienes que producen renta.
Primas de Seguros.
Daños Extraordinarios.
Depreciación, según las categorías y porcentajes indicados en el Código Tributario.
Agotamiento.
Amortización de Bienes Intangibles.
Cuentas Incobrables.
Donaciones a Instituciones de Bien Público hasta un 5% de la Renta Neta Imponible.
Gastos de investigación y Experimentación.
Pérdidas según establece el Código Tributario.
Aportes a Planes de Pensiones.
Provisiones que deban realizar las entidades bancarias para cubrir activos de alto riesgo.

SUBSIDIOS POR MATERNIDAD Y LACTANCIA.

¿EN QUE CONSISTEN LOS SUBSIDIOS DE MATERNIDAD Y LACTANCIA?

Subsidio por Maternidad:  Es el pago en dinero a la trabajadora afiliada al Régimen Contributivo equivalente a tres meses de salario cotizable, otorgado durante el período de Descanso por Maternidad.

Subsidio por Lactancia:  Es el pago en dinero a los hijos menores de un (1) año de las Trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo que perciban un salario menor o igual a tres ( 3) salarios mínimos nacional otorgado en las condiciones y formas que para tales fines se establecen en el Reglamento Sobre Subsidio por Maternidad y el Subsidio por Lactancia.
En caso de cotizar por dos o más empleo, recibirás el monto total del subsidio por cada uno.

¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA UNA TRABAJADORA EMBARAZADA RECIBIR LOS SUBSIDIOS DE MATERNIDAD Y LACTANCIA?

Según establece el artículo 132 de la Ley 87-01, los requisitos para recibir los subsidios de maternidad y lactancia son los siguientes:

        Haber cotizado por lo menos durante ocho (8) meses del periodo comprendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha de su alumbramiento.

 No realizar ningún trabajo remunerado en el período en el que esté recibiendo el subsidio por maternidad.

martes, 4 de octubre de 2011

¿QUIENES SON BENEFICIARIOS DEL SEGURO FAMILIAR DE SALUD (SFS) DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

El afiliado titular.
El cónyuge o compañera/compañero de vida.
Los hijos menores de dieciocho (18) años.
Los hijos entre los dieciocho (18) y los veintiún (21) años, cuando sean estudiantes de tiempo completo.
Los hijos de cualquier edad si tiene discapacidad permanente.
Los hijos del cónyuge o compañera/compañero de vida del afiliado que cumplan los requisitos anteriores.
Otros familiares que dependan del afiliado (inicialmente los padres e hijos mayores de 21 años que estudien), siempre que el afiliado cubra el costo adicional de su protección.

¿COMO AFILIAR A LOS PADRES EN EL SEGURO FAMILIAR DE SALUD (SFS) DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?.

El afiliado titular solicita a su empleador incluir al padre y/o madre que desea agregar al núcleo familiar en la ARS a la que se encuentra inscrito.
El empleador debe incluir al padre y/o madre, a fin de realizar las retenciones correspondientes.
El  empleador notifica a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) las novedades de su nómina.
Una vez registrados los nuevos ingresos, la TSS pagará a la ARS correspondiente el pago de cápita establecida y esta a su vez deberá prestar los servicios.

¿QUE IEMPO SE DEBE ESPERAR PARA RECIBIR LOS SERVICIOS DESPUÉS DE AFILIARSE A UNA ARS EN EL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

A partir del momento de la afiliación se reciben los servicios de emergencia, promoción y prevención en caso de necesitarlos, así como la atención al parto y sus consecuencias.
El reso de los swervicios contemplados son brindados treinta (30) días después de la afiliación.

TRATADOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES SOBRE TELECOMUNICACIONES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

El País es miembro, con plenos derechos, de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.  La legislación dominicana en materia de telecomunicaciones es consistente con las disposiciones de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio(OMC), específicamente con el Cuarto Protocolo al Acuerdo General de Comercio de Servicios.  Asimismo, ha sido enriquecida mediante la suscripción de disposiciones específicas, previstas en tratados internacionales multilaterales, como el capítulo XIII del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los  Estados Unidos (DR-CAFTA).

Entre las disposiciones del DR-CAFTA, debemos resaltar aquella que asegura que los suplidores de servicios de cada una de las Partes tengan acceso público no discriminatorio a las redes de telecomunicaciones en los territorios de las otras Partes.      República Dominicana suscribió y ratificó el Acuerdo de Asociación Económica entre la unión Europea y el CARIFORUM, que recoge los principales principios de apertura, neutralidad tecnológica y transparencia establecidos.

IMPUESTOS SOBRE LOS ACTIVOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

El impuesto sobre los Activos, es un impuesto anual aplicable sobre los bienes en poder del contribuyente, sean estos Personas Jurídicas (con operaciones o no) o Personas Físicas con negocios de único dueño y contabilidad y contabilidad organizada.

Este Impuesto grava el valor total de los activos,  incluyendo de manera expresa los inmuebles, que figuran en el balance imponible del contribuyente,  no ajustados por inflación y luego de aplicada la deducción por depreciación, amortización y reservas para cuentas incobrables.

LOS ACTIVOS QUE ESTÁN INCLUIDOS EN LA BASE IMPONIBLE SON:

Efectivo en Caja y Banco.
Cuentas por Cobrar a Clientes (menos reserva autorizada.
Cuentas por Cobrar a Funcionarios y Empleados.
Cuentas por cobrar a Accionistas.
Inventarios.
Mercancías en Tránsito.
Gastos pagados por adelantado.
Edificaciones (Netas y no ajustadas por inflación).
Mejoras  en Arrendamiento (neto).
Terrenos.
Automóviles y Equipos (neto).
Otros Activos Fijos Neto.
Inversiones a Plazo Fijo.
Activos Intangibles.

LOS ACTIVOS QUE NO FORMAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE SON:

Las inversiones en acciones en otras compañía.
Los terrenos ubicados en zonas rurales.
Los inmuebles por naturaleza de las explotaciones agrícolas.
Los impuestos adelantados o anticipos.

Están exentas del pago de este impuesto las Personas Jurídicas que, por aplicación del  Código Tributario, Leyes Especiales o Contratos aprobados por El Congreso Nacional estén totalmente exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

PRINCIPALES BENEFICIOS EN EL SEGURO FAMILIAR DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO.

En el Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo, Tienes Derecho A:

Todas las prestaciones del Plan de Servicios de Salud (PDSS), desde que te afilias.
El PDSS contempla prestaciones para casi todas las necesidades de salud.


EMERGENCIA.

Cobertura del 100%, sin pago de diferencia.

CIRUGÍAS.

Cobertura ilimitada, paga diferencia de 10% del monto final de la cuenta que nunca debe ser mayor a dos salarios mínimos nacionales.   Actualmente el salario mínimo Nacional ha sido fijado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en RD$7,583.00.

PARTOS.

Parto normal no paga diferencia.   Cesárea, paga diferencia de sólo el 20% del monto final de la cuenta, que no debe pasar de dos salarios mínimos nacionales.

ENFERMEDADES DE ALTO COSTO.

Cobertura de UN MILLÓN DE PESOS (RD$1,000,000.00) POR AFILIADO POR AñO, PAGO DE DIFERENCIA DEL 20% que no DEBE  pasar de dos salarios mínimos nacionales.

Todos los afiliados que estén en tratamiento por una enfermedad oncológica; tienen derecho a recibir NOVENTA MIL PESOS (RD$ por afiliado por año, en medicamentos coadyuvantes ambulatorios.


EL RÉGIMEN DE ADUANAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

La Ley 3489, del 14 de febrero de 1953, y sus modificaciones contienen el régimen de las aduanas de República Dominicana.

La última modificación a la Ley 3489 fue realizada por la Ley 226-06 que otorga personalidad por la Ley 226-06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio a la Dirección General de Aduanas (DGA).

La Dirección General de Aduanas (DGA) es la entidad encargada de la recaudación y administración de todos los tributos y derechos relacionados con el comercio exterior y los tratados comerciales suscritos por República Dominicana.  Entre sus principales atribuciones están cumplir y hacer las disposiciones tributarias surgidas de la Constitución, los tratados internacionales, las leyes, decretos, resoluciones y demás normas tributarias, así como administrar eficientemente el régimen de las aduanas, ejerciendo las facultades otorgadas por la Ley 3489 y sus modificaciones y las demás disposiciones legales que inciden en el ámbito de su competencia.


lunes, 3 de octubre de 2011

ANTICIPOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR), EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

El anticipo es un pago a cuenta de carácter obligatorio al Impuesto sobre la Renta, relativo al ejercicio fiscal en curso, el cual se paga sobre la base del impuesto liquidado del ejercicio anterior.

Las Personas Jurídicas o Sociedades deben  pagar los Anticipos de Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensualmente, en los primeros 15 días del mes siguiente.  En cambio, las personas Físicas, los Negocios de Único Dueño y las Sucesiones Indivisas deben pagar tres (3) anticipos, sobre la base del 100% del impuesto liquidado en su Declaración Jurada del ISR del ejercicio fiscal anterior, en las siguientes fechas:

50% hasta el 30 de junio.
30% hasta el 30 de septiembre.
20% hasta el 31 de diciembre.

¿QUE PASA SI RESULTA UN SALDO A FAVOR POR LOS ANTICIPOS PAGADOS?

El contribuyente podrá solicitar una compensación del saldo o deducírselo al momento de presentar la próxima Declaración Jurada.

¿CUALES SON LAS NORMATIVAS DEL SEGURO FAMILIAR DE SALUD, DEL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL?

La Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad social.
El Reglamento del Seguro Familiar de Salud. Las Resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que así lo establezcan.

¿CON CUAL DOCUMENTO O IDENTIFICACIÓN SE SOLICITAN Y RECIBEN LOS SERVICIOS DEL SEGURO FAMILIAR DE SALUD?

Las administradoras de Riesgos de Salud (ARS) siguen utilizando provisionalmente los carnés convencionales que entregaban las Igualas Médicas (ahora ARS), esto así hasta que el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) emita la identificación definitiva.

¿COMO AFILIARSE AL SEGURO FAMILIAR DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

Puede afiliarte a una de las ARS habilitadas por la SISALRIL, de no hacerlo en el plazo establecido, el sistema lo afilia de manera automática.  Para ejercer el derecho a la libre afiliación, el trabajador debe completar un formulario previsto por la ARS escogida, anexando la documentación necesaria para la inclusión de los miembros del núcleo familiar.

¿CUALES SON LAS PRESTACIONES DEL SEGURO FAMILIAR DE SALUD?

Prestaciones en especie:
Plan Básico de Salud (PBS).
Servicios de Estancias Infantiles.

Prestaciones en dinero:

Subsidios por enfermedad.
Subsidios por maternidad y lactancia.





¿MEJORARAN LAS CONDICIONES DE VIDA DE LOS PENSIONADOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA?

La Ley de Seguridad Social 87-01, manda a que el Estado Dominicano fortalezca el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, Institución creada mediante la Ley 352-98, en el mes de agosto de 1998.  Dicho Consejo tiene la finalidad de desarrollar servicios especiales, con el fin de darle valor al aporte de la población de adultos mayores, procurando que disfruten de sus años de retiro.

Las personas pensionadas tendrán un trato especial y más humano.   Además, la Ley de Seguridad Social contempla la creación de programas de servicios especiales para envejecientes.

Para jubilados y pensionados habrá precios especiales y estarán a su disposición clubes sociales y recreativos.

PRECIOS Y TARIFAS ESPECIALES.

Todos los pensionados disfrutarán de precios especiales en la compra de enseres domésticos, ropa, libros revistas.   Además, tendrán derecho a tarifas especiales en el transporte público y en las actividades turísticas, recreativas, deportivas y culturales.

Con la Seguridad Social los montos de las pensiones serán actualizados de acuerdo al aumento de precios debido a la inflación.

EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

El 4 de septiembre del año 2002 fue promulgada la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.  El Reglamento de aplicación fue aprobado mediante decreto 335-03 del 8 de abril del año 2003.   Esta legislación procura adaptar el marco legal del País a los nuevos esquemas y permitirle beneficiarse de las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías digitales para la promoción de la actividad económica y la realización de transacciones comerciales en el plano global.   De manera más específica,  sus objetivos son los siguientes:

Facilitar el comercio electrónico entre y dentro de las naciones.

Validar transacciones entre partes que se hayan realizado por medio de las tecnologías de información.

Incentivar y apoyar el desarrollo de iniciativas tecnológicas vinculadas con el comercio electrónico, promover la utilización de estos servicios y difundir su uso entre la población.

domingo, 2 de octubre de 2011

EL NEGOCIO DE LOS SEGUROS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

El sector de seguros está actualmente regulado por la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas de fecha 11 de septiembre del año 2002, la cual aplica a todas las operaciones de seguros, reaseguros, y fianzas que se realicen en la República Dominicana.

La supervisión y fiscalización del régimen legal y de las operaciones de las instituciones de seguros. reaseguros, intermediarios y ajustadores corresponde a la Superintendencia de Seguros.      El objetivo principal de este organismo es velar por el cumplimiento de las normas legales aplicables.

En general, los seguros que cubran riesgos en la República Dominicana deben ser suscritos en el País, excepto cuando se trate de seguros de líneas excedentes.
Los ramos de seguros en que pueden operar los aseguradores y reaseguradores se clasifican como sigue:
Seguros de Personas; Seguros Generales; y Fianzas.

REPÚBLICA DOMINICANA Y EL ACUERDO CON LA UNIÓN EUROPEA.

Los acuerdos de Lomé y de Cotonou han sido dos herramientas muy importantes para la colaboración de Europa con la República Dominicana, a través de los Países del Grupo ACP (África, Caribe y Pacífico).  La misma estuvo orientada a la promoción y aceleración del desarrollo económico, social y cultural, así como para consolidar y diversificar las relaciones.   En efecto, bajo este sistema, las exportaciones del País hacia la Unión Europea aumentaron, como las de tabaco, textiles, bananas, piñas, café, ron, y naranjas, entre otras.

La República Dominicana suscribió un Acuerdo de Asociación Económica entre los Estados del CARIFORUM  y  la Unión  Europea y sus Estados miembros.   El espíritu de este acuerdo es reforzar las relaciones comerciales, promover la integración regional y la cooperación efectiva, dentro de un marco reglamentario efectivo para el comercio y la inversión entre ambas partes.

¿QUE ES EL PLAN BÁSICO DE SALUD?

El plan básico de salud protege contra los riesgos de enfermedad a todas las personas que trabajan por un salario, a su pareja y a sus hijos y a sus hijos.

BENEFICIOS QUE OFRECE.

Abarca atención de emergencia, consulta, parto y atención médica a la madre y al niño, rayos X, análisis de laboratorio, internamiento, medicinas gratis durante el internamiento y el 70% del costo de las medicinas al estar convaleciente..

sábado, 1 de octubre de 2011

ADQUISICIÓN DE PROPIEDADES INMOBILIARIAS POR EXTRANJEROS EN LA REPÚBLICA

La adquisición de inmuebles o derechos inmobiliarios por extranjeros no está sujeta a ninguna condición especial, aplicándose el mismo régimen que a los adquirientes nacionales.

Antes de comprar un inmueble resulta conveniente verificar directamente su situación en las oficinas del Registro de Títulos e incluso obtener una confirmación escrita del resultado de estas.  Esto se logra usualmente mediante la solicitud de una certificación al Registrador de Títulos.

Este sistema protege al adquiriente frente a la existencia de cualquier venta o hipoteca que no haya sido aún registrada cuando el comprador deposita su contrato de venta para fines de registro.

El rápido registro de la venta es sumamente importante.  Para efectuarlo, el comprador debe depositar en el Registro de Títulos un original del contrato de venta, legalizado por ante Notario Público, conjuntamente con el Certificado de Propiedad  a nombre del vendedor, que será cancelado y sustituido por uno nuevo a nombre del comprador.

IMPUESTO SOBRE REGISTRO DE VEHÍCULOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL IMPUESTO SOBRE REGISTRO DE VEHÍCULOS?

Es un impuesto que grava el registro de los vehículos de motor que entran por primera vez al País, y que se aplica al momento de la emisión de la primera placa y matrícula correspondiente.

¿QUE DOCUMENTOS SE REQUIEREN  PARA LA EMISIÓN DE LA PRIMERA PLACA?

El printer original" o planilla de Aduanas firmado por el Colector de Aduanas.

Recibo de pago de Aduana.

Declaración de importación (formulario 34-80 original).

Documento de la compañía de embarque (BL).

Factura Comercial.

Título original del vehículo emitido por el País de procedencia del mismo (en el caso de los puertos).

En caso de que un Agente Aduanal realice los trámites, debe anexar copia del Carnet de la Agencia Aduanal correspondiente.

¿DONDE PUEDO REGISTRAR Y PAGAR?

En las Estafetas de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), ubicadas en los puertos siguientes:
Santo Domingo, Haina Oriental, Punta Caucedo y Puerto Plata.

A través de la Oficina Virtual (OFV), en la opción Registro de Vehículos, para contribuyentes que importen más de 10 vehículos en un mismo expediente y para los miembros de ACOFAVE Y ANADIVE .

IMPUESTO SOBRE REGISTRO DE VEHÍCULOS

¿QUE ES EL SEGURO FAMILIAR DE SALUD?

El seguro familiar de salud, del régimen contributivo te protege con el plan básico de salud, los servicios de estancias infantiles, subsidio por enfermedad y, si eres una mujer trabajadora, subsidio por maternidad y para lactancia.

BENEFICIOS PARA LA PAREJA Y LOS HIJOS.

PLAN BÁSICO DE SALUD.

Abarca atención de emergencia, consulta, maternidad y atención médica a la madre y al niño, rayos X, análisis de laboratorio.   Medicinas gratis durante internamiento y el 70% de su costo en la consulta estés convaleciente.  También, atención de médicos especialistas, tratamientos, internamientos, cirugía y materiales en las operaciones.

Rehabilitación y terapia física (indicada por un profesional autorizado).  Atención dental para los niños y vacunas gratis hasta los 5 años.

SERVICIOS DE ESTANCIAS INFANTILES.

Las estancias infantiles atienden a los niños con edad entre los 45 días y 5 años.   Incluye alimentación adecuada, atención a la salud de los niños, así como, educación preescolar y recreación.

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD.

En caso de enfermedad no profesional, tienes derecho a un subsidio en dinero por incapacidad temporal para el trabajo.

PARA LAS MUJERES QUE TRABAJAN, SUBSIDIO POR MATERNIDAD.

En caso de maternidad recibes un subsidio en dinero equivalente a tres meses de su salario.   Atención antes y después del parto  y subsidio para lactancia durante 12 meses.

DERECHO A RECIBIR SERVICIO.

Las personas afiliadas que se inscriban por primera vez en el seguro familiar de salud y sus dependientes, tienen derecho a recibir atención médica 30 días después de su inscripción.

En los casos de emergencia la atención será inmediata.

viernes, 30 de septiembre de 2011

REQUISITOS PARA CONSTITUIRSE COMO ZONA FRANCA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

En principio, podrá establecerse como empresa u operador de Zona Franca cualquier persona Física o Moral interesada en instalarse como tal, y que cumpla con los requerimientos establecidos.

A tal fin, se deberá depositar una solicitud formal por ante el Consejo Nacional de Zonas Francas, entidad encargada de emitir las licencias de operación necesarias para establecerse como empresa u operador de Zona Franca.  El Consejo evaluará la solicitud y el proyecto y determinará la factibilidad del mismo.

Para más información sobre el procedimiento aplicable, así como los pasos que deben tomarse a fin de solicitar una licencia de operación, visite la página web del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación: http://www.cnzfe.gov.do.

COMPROBANTES FISCALES

Son números secuenciales otorgados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a los contribuyentes que deseen emitir comprobantes fiscales (documentos que sustenten la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios).

Los requisitos para solicitar los Números de Comprobantes Fiscales (NCF) son:

Estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y hacer la solicitud de los números a través de las diferentes vías disponibles:

A través de la pagina de Internet, de la DGII, accesando a  Oficina Virtual y llenando el formulario electrónico de solicitud de autorización.

En las Administraciones Locales, mediante formulario pre-impreso de solicitud de autorización.

En las imprentas autorizadas, mediante formulario pre-impreso de solicitud de autorización.

¿QUE SON LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS DE SALUD (ARS) DE AUTOGESTION?

Son aquellas ARS habilitadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL). que al momento de promulgar la Ley de Seguridad Social, operaban como seguro de salud o igualas médicas, destinadas a la administración de los riesgos de salud de los trabajadores de una institución determinada, sectores profesionales, técnicos y/o miembros de entidades asociativas;  estas afilian de manera exclusiva a aquellos empleados de la institución o miembros del gremio para la cual fue habilitada, y sus dependientes.

ADMINISTRADORAS DE RIESGOS DE SALUD (ARS).

Son entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, autorizada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud., a una determinada cantidad de beneficiarios, mediante un pago percápita previamente establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social.

PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD (PSS).

Son personas Físicas legalmente facultadas o entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, dedicadas a la provisión ambulatorios, de diagnósticos, hospitalarios y quirúrgicos; habilitadas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de acuerdo a la Ley General de Salud.

LA ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD (ARL).

Es una institución de servicios especializada en administración de Riesgos Laborales encargada de garantizar un sistema de prevención, prestaciones económicas y de salud a todos los afiliados del Seguro de Riesgos Laborales.

jueves, 29 de septiembre de 2011

VENTAJAS QUE OFRECE EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL A LAS PERSONAS EMPLEADAS.

El Sistema Dominicano de Seguridad Social protege a las personas que trabajan y les da ventajas que no tenían.  El Sistema Dominicano de Seguridad Social cubre Fondos de Pensiones, Seguro Familiar de Salud y Seguro de Riesgos Laborales.

DERECHO EN  LOS FONDOS DE PENSIONES:

Pensión por Vejez.
Pensión por Cesantía por edad avanzada.
Pensión por Discapacidad Parcial o Total.
Pensión de Sobrevivientes.

VENTAJAS QUE LE DA LA LEY EN MATERIA DE PENSIONES.

 Es dueño de sus aportes mensuales al Fondo de Pensión.
 Elige la institución que prefiera para que administre su Fondo de Pensión.
Si lo desea, puede cambiar de Administradora de Fondo de Pensiones una vez al año y después de 6 meses de Cotización.
La Pensión dependerá del monto total acumulado en su cuenta.  Mientras más ahorra, mayor será su Pensión.
Puede hacer aportes adicionales para aumentar los Fondos acumulados en su cuenta de Pensión.
Si sus ahorros en el Fondo de Pensiones no le alcanzan, tiene la garantía de una Pensión Mínima por parte del Estado.
Y por ley, tiene la garantía de que el dinero acumulado de su Pensión gana intereses fijos.
Recibe información sobre su cuenta por lo menos cada 6 meses.
Cuando se retire, los beneficios de su Pensión subirán de acuerdo a la inflación.
La Superintendencia de Pensiones vigilará y controlará para garantizar el resguardo de sus ahorros.

TIENE DERECHO AL SEGURO FAMILIAR FAMILIAR DE SALUD, PLAN BÁSICO DE SALUD.

Atención de emergencias y consultas.
Atención materno infantil, suministro de medicinas.
Atención de médicos especialistas y tratamientos.
Internamientos.
Cirugía y materiales quirúrgicos.
Exámenes de laboratorio y rayos X.
Atención dental para niños.
Rehabilitación y terapia física (indicada por un profesional autorizado).

TIENE DERECHO A PRESTACIONES EN DINERO.

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD.

En caso de enfermedad no profesional, tendrá derecho a un subsidio en dinero por incapacidad temporal para el trabajo.



EL SISTEMA MONETARIO Y FINANCIERO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

El Sistema Monetario y Cambiario está regulado esencialmente por la Ley Monetaria y Financiera no. 183-02 de fecha 16 de noviembre de 2002.   Esta ley dispone una serie de regulaciones que buscan, con relación al Sistema Monetario, mantener la estabilidad de precios a nivel nacional y, con relación al Sistema Bancario, regular a las entidades de intermediación financiera para garantizar la estabilidad del Sistema Bancario Dominicano.

El Sistema Monetario se encuentra bajo la supervisión, control y regulación de la Administración Monetaria y Financiera, la cual está compuesta por la Junta Monetaria, el Banco Central y la superintendencia de Bancos.
Para proteger a la ciudadanía frente a los actos de la Administración  Monetaria y Financiera, la ley crea el Tribunal Contencioso Administrativo de lo Monetario y Financiero.

Con el objetivo de fomentar y flexibilizar las operaciones financieras, esta Ley dispone (i) el principio de la libre convertibilidad de la Moneda Nacional con otras divisas.  En este sentido, dispone que las partes tienen la potestad de realizar transacciones en moneda extranjera en las condiciones que libremente pacten de acuerdo con las normas generales sobre los contratos y que las deudas dinerarias se pagan en la moneda que las partes acuerden.  Igualmente dispone (ii) la libre determinación de las tasas de interés, la cual es establecida por las partes en base a las condiciones del mercado.

IMPUESTOS A LAS TRANSFERENCIAS DE VEHÍCULOS DE MOTOR EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Las transferencias de vehículos de motor están sujetas a un impuesto único de un 2% sobre el valor que resultare mayor entre el estipulado en el contrato de compraventa o permuta, y el asignado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), el cual deberá ser pagado dentro del plazo de tres (3) meses contados a partir del momento en que se hubiere perfeccionado dicho acto traslativo de propiedad, de lo contrario pagaría en adición del indicado 2%, los recargos e intereses causados conforme a lo establecido en el Código Tributario.    Este impuesto se pagará en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

COMO AFILIARSE AL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL.

El Sistema Dominicano de Seguridad Social se fundamenta en un sistema único de afiliación, cotización, plan de beneficio y prestación de servicios.  La población que estaba afiliada al Régimen del Instituto Dominicano de Seguros, Sociales y los afiliados al régimen de igualas médicas y seguros de salud quedaron integrados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, a fin de eliminar cualquier doble cobertura y doble cotización.

La Tesorería de la Seguridad Social otorgo a todos los ciudadanos un número de Seguridad Social. el cual esta relacionado con el registro de la cédula de identidad y electoral.

Toda persona que trabaje empleada, sea en el sector público o privado, será afiliada por su empleador al Sistema Dominicano de Seguridad Social.   Cada mes, el empleador deberá hacer los aportes directamente a la Tesorería de la Seguridad Social.

No importa el sueldo que gane el operario, la enfermera, el profesor, el electricista, el jardinero, el dentista y hasta el Presidente de la República, deben estar afiliados, al Sistema Dominicano de Seguridad Social, porque es obligatorio, en virtud de lo que establece la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

miércoles, 28 de septiembre de 2011

IMPUESTO A LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, VIVIENDA SUNTUARIA Y SOLARES URBANOS NO EDIFICADOS (IPI/VSS), EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Este Impuesto grava las viviendas, establecimientos comerciales y solares urbanos no edificados, propiedad de Personas Físicas.

La Tasa a pagar es un Uno por ciento (1%) sobre el excedente de los RD$5,000,000.00 (Cinco Millones de Pesos Dominicanos), del valor de la vivienda, local y solar.

Este Impuesto lo tienen que pagar Las Personas Físicas y Propietarios de Viviendas, Locales y Solares cuyo valor sobrepase los RD$5,000,000.00 (Cinco Millones de Pesos Dominicanos).

Están exentos de paga este Impuesto, Viviendas cuyo valor sea inferior a RD$5,000,000.00 (Cinco Millones de Pesos Dominicanos).

Viviendas cuyos propietarios hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad, siempre que dicha vivienda no haya sido transferida de dueño en los últimos quince (15) años, y su propietario únicamente posea como propiedad inmobiliaria dicha vivienda.

Las edificaciones y solares a nombre del Estado Dominicano, Instituciones Benéficas, Organizaciones Religiosas y Delegaciones Diplomáticas.

Este Impuesto se debe presentar  anualmente a través de una Declaración Jurada dentro de los primeros sesenta (60) días del año, y pagar en dos (2) cuotas semestrales:
Primera cuota 11 de marzo
Segunda cuota el 11 de septiembre.

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE INVERSIONES EXTRANJERAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

El inversionista extranjero deberá depositar en el CEI-RD su solicitud de registro de inversión extranjera y demás formalidades exigidas, dentro de un plazo de 180 días calendario, contado a partir de la fecha de realizada la inversión, en consonancia con la Ley 98-03.  El CEI-RD deberá evaluar la solicitud y emitir el correspondiente Certificado de Registro, si procede, en un plazo de 15 días laborables.

¿QUE SON LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES?

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), son sociedades financieras constituidas de acuerdo a las leyes del País, con el objeto exclusivo de administrar las cuentas personales de los afiliados e invertir adecuadamente los fondos de pensiones, otorgar y administrar las prestaciones del Sistema Previsional.   Estas pueden ser públicas, privadas o mixtas.

¿QUE ES EL SEGURO NACIONAL DE SALUD (SENASA).

Es una Administradora de Riesgos de Salud (ARS), pública, descentralizada,  con patrimonio propio y personería jurídica, autorizada a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud a los empleados públicos, los de instituciones descentralizadas, a los trabajadores del Régimen Contributivo Subsidiado, así como los beneficiarios del Régimen Subsidiado y a los empleados privados que lo deseen.