miércoles, 23 de noviembre de 2011

SEGURO DE RIESGOS LABORALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL SEGURO DE RIESGOS LABRALES (SRL)?

Es el seguro de la Ley 87-01 destinado para prevenir y cubrir los daños ocasionados por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.  Comprende toda lesión corporal y todo estado mórbido que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que presta por cuenta ajena.  Incluye los tratamientos por accidentes de tránsito en horas laborables y/o en la ruta hacia o desde el centro de trabajo.

¿CUALES SON LAS NORMATIVAS?

La Ley 87-01.
El Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales.
Las Resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que así lo establezcan.

¿QUIENES DEBEN ESTAR AFILIADOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES (SRL)?

Los empleadores y trabajadores bajo dependencia.

¿COMO AFILIARSE?

Automáticamente, el empleador registra su empresa e inscribe a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

¿CUALES SON LAS PRESTACIONES?

Prestaciones en especie:
Atención médica y asistencia odontológica.
Prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación.

Prestaciones en dinero:
Subsidio por discapacidad temporal.
Indemnización por discapacidad.
Pensión por discapacidad y Pensión de sobrevivencia.


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