El impuesto sobre los Activos, es un impuesto anual aplicable sobre los bienes en poder del contribuyente, sean estos Personas Jurídicas (con operaciones o no) o Personas Físicas con negocios de único dueño y contabilidad y contabilidad organizada.
Este Impuesto grava el valor total de los activos, incluyendo de manera expresa los inmuebles, que figuran en el balance imponible del contribuyente, no ajustados por inflación y luego de aplicada la deducción por depreciación, amortización y reservas para cuentas incobrables.
LOS ACTIVOS QUE ESTÁN INCLUIDOS EN LA BASE IMPONIBLE SON:
Efectivo en Caja y Banco.
Cuentas por Cobrar a Clientes (menos reserva autorizada.
Cuentas por Cobrar a Funcionarios y Empleados.
Cuentas por cobrar a Accionistas.
Inventarios.
Mercancías en Tránsito.
Gastos pagados por adelantado.
Edificaciones (Netas y no ajustadas por inflación).
Mejoras en Arrendamiento (neto).
Terrenos.
Automóviles y Equipos (neto).
Otros Activos Fijos Neto.
Inversiones a Plazo Fijo.
Activos Intangibles.
LOS ACTIVOS QUE NO FORMAN PARTE DE LA BASE IMPONIBLE SON:
Las inversiones en acciones en otras compañía.
Los terrenos ubicados en zonas rurales.
Los inmuebles por naturaleza de las explotaciones agrícolas.
Los impuestos adelantados o anticipos.
Están exentas del pago de este impuesto las Personas Jurídicas que, por aplicación del Código Tributario, Leyes Especiales o Contratos aprobados por El Congreso Nacional estén totalmente exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
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