domingo, 9 de octubre de 2011

COMPROBANTES FISCALES ESPECIALES.

Son documentos que podrán ser utilizados como comprobantes fiscales, a los fines de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales autorizados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).     Los Comprobantes Fiscales Especiales deben ser autorizados por la DGII.

REGISTRO DE PROVEEDORES INFORMALES.

Se usará para el registro de créditos de ITBIS y/o costos y gastos del ISR, de proveedores no registrados o informales, por parte del contribuyente que los va a hacer valer ante la DGII.

Lo emite él que usará el crédito de ITBIS o registrará el costo y gasto para el Impuesto sobre la Renta (ISR).

Se emite a nombre del proveedor indicando su Cédula de Identidad y Electoral.

CASOS EN LO QUE SE USA ESTE TIPO DE COMPROBANTES FISCALES ESPECIALES.

Proveedores no registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
Ejemplo:
Proveedores de productos agrícolas, pesqueros, servicios de transporte, entre otros 

1 comentario:

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