domingo, 11 de diciembre de 2011

IMPUESTOS SOBRE SUCESIONES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES?

Es un impuesto al patrimonio aplicado sobre las transferencias a título personal gratuito, por causa de muerte (herencia y/o legado).

  ¿QUE GRAVA ESTE IMPUESTO?

Toda herencia recibida, con la existencia o no de un testamento de bienes muebles e inmuebles situados dentro del territorio nacional y sobre los muebles, sin importar que se encuentren fuera del país, si el fallecido era dominicano o haya tenido su último domicilio en el país.

¿QUIENES DEBEN PAGAR ESTE IMPUESTO?

Los herederos, sucesores y los beneficiarios de testamentos.

¿HAY ALGUNA EXENCIÓN PARA EL PAGO DE ESTE IMPUESTO?

El monto de la transmisión que sea inferior a Quinientos pesos Dominicanos (RD$500.00).

Cuando el monto sea inferior a Mil Pesos Dominicanos (RD$1,000.00), siempre que se trate de parientes directos del fallecido (hijos y padres).

El bien de familia instituidos por Ley.   Los Seguros de Vida del fallecido.

Los Legados por Testamento o establecimientos públicos o instituciones de caridad o beneficencia

¿CUAL ES LA TASA A PAGAR?

La tasa a pagar es de un 3% sobre la masa sucesoral (herencia), luego de realizadas las deducciones correspondientes.  

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