Las personas físicas cuya renta anual no supere la suma de RD$ 371,124.00.
La Regalía Pascual equivalente a la deudécima parte del salario anual.
Aportaciones a la Seguridad Social.
Las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
Las indemnizaciones de preaviso y auxilio de cesantía, conforme lo establecido en el Códico de Trabajo y las leyes sobre la materia.
La compensación por enfermedad o lesión pagadera en virtud de un seguro de salud o invalidez.
Los intereses percibidos por las personas físicas de instituciones financieras reguladas por las autoridades monetarias; así como del Banco Nacional de la Vivienda y de las Asociaciones de Ahorros y Préstamos.
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