martes, 29 de noviembre de 2011

EL LIDERAZGO EN LOS NEGOCIOS.

El liderazgo es muy importante en los negocios, porque nos encontramos con la necesidad de que cada decisión tomada sea considerada por quien tiene que llevarla a cabo lo suficientemente necesaria y justificada como para dedicar todo el empeño en su realización satisfactoria.  Por lo tanto, la dirección encargada de la toma de decisiones precisa contar con una notable capacidad de ejercer determinada influencia sobre las personas clave de la empresa para lograr la colaboración voluntaria de esas en pro del beneficio empresarial.  A esta capacidad le llamamos Liderazgo.

Lograr la colaboración voluntaria implica lograr que las personas de  la organización se sientan realmente participes del desarrollo de la misma y beneficiarios de los beneficios que en el futuro se puedan generar. En definitiva para lograr los objetivos propuestos necesitamos de la colaboración voluntaria de todos los colaboradores y para ello se deben considerar co-participes de las decisiones tomadas.

Teniendo en cuenta que para tener éxito en mercados lejanos, y aquí estamos hablando de internacionalización, es imprescindible ser competitivo, y que la competitividad viene determinada entre otros factores por la capacidad que las personas responsables que en cada mercado exterior tienen que identificar y transmitir lo mas rápidamente posible a la central todos aquellos aspectos de su entorno y bajo su  responsabilidad del País de se trate, ya que pueden influir en los resultados de la empresa, y para ello es imprescindible conseguir un clima de confianza mutua.  Por lo que es necesario fomentar el desarrollo de un estilo de Liderazgo participativo que garantice esta colaboración voluntaria.

De lo contrario nos podemos encontrar con situaciones imprevistas que nos perjudican y se podrían haber evitado o con oportunidades desaprovechadas por desconocimiento de las mismas.

El Liderazgo participativo y la confianza mutua que este genera son contribuyentes netos para el logro de los objetivos de cualquier organización, pero si esta tiene intereses lejanos, como es el caso de las empresas que se mueven en entornos internacionales, mucho más.

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, SEGURIDAD SOCIAL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

Es el régimen que integra a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores.  Es financiado por los trabajadores y empleadores incluyendo al Estado en su condición de empleador.

¿CUALES SON LOS SEGUROS Y BENEFICIOS DE ESTE RÉGIMEN?

Son:
Seguro Familiar de Salud.
Seguro de Pensiones.
Seguro de Riesgos Laborales.

Los beneficios en salud son:
Plan básico de salud.
Subsidio por enfermedad.
Subsidio por maternidad.

Los beneficios en pensiones son:
Pensión de discapacidad, total o parcial.
Pensión de Cesantía por edad avanzada.
Pensión de sobrevivencia.

Los beneficios en riesgos laborales son:
Atención médica.
Atención odontológica.
Prótesis , anteojos, aparatos ortopédicos y sus reparaciones.
Indemnización por discapacidad.
Pensión por discapacidad.
Pensión de sobrevivencia.

viernes, 25 de noviembre de 2011

CICLO DE VIDA DEL CONTRIBUYENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Comprende el conjunto de obligaciones, deberes y derechos del contribuyente frente a la Administración Tributaria, desde que inicia operaciones que generan obligaciones tributarias, hasta su desvinculación por las distintas causas de hecho y de derecho que puedan producirse.

1) INSCRIPCIÓN AL RNC.

Inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), donde se incorpora el número de Cédula de Identidad y Electoral, si es persona física, o se le asigna un código contenido en una Tarjeta de Identificación Tributaria (TIT), en caso de persona jurídica (empresa).

2) IMPRESIÓN DE FACTURAS.

Los contribuyentes deberán solicitar a la DGII, la asignación de Número de Comprobante Fiscal (NCF), para todos los comprobantes fiscales a emitir, sean estos generados directamente a través de medios informáticos o elaborados por una imprenta.

3) INICIO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA.

El inicio de actividades económicas, es el momento a partir del cual el contribuyente comienza a operar el negocio o brindar los servicios que generen obligaciones tributarias.

4) REGISTRO DE OPERACIONES.

Llevar registros de ingresos y gastos, de comprobantes de las actividades realizadas y de facturas propias del desarrollo de la actividad comercial o profesional.

5) PRESENTACIÓN DECLARACIÓN JURADA.

La declaración Jurada es el documento en el que, bajo la fe de juramento, el contribuyente ofrece informaciones determinantes de su obligación tributaria.   Se presenta en las fechas, formas y lugares establecidos por las leyes y reglamentos tributarios; generalmente mediante formularios elaborados para esos fines.

6) PAGO DEL IMPUESTO.

Realizar el pago de los montos establecidos en la forma que indiquen las leyes y reglamentos tributarios.

7) FIN DE ACTIVIDAD.

Comunicar por escrito, debidamente justificada, las razones del fin de la actividad que puede ser un cese temporal, cierre definitivo, venta o fusión del negocio, si se trata de persona jurídica, o por fallecimiento en caso de persona física.

ACTIVIDADES EVENTUALES.

Eventualmente el contribuyente necesitará acercarse a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para realizar otras actividades relacionadas con sus operaciones, tales como:

Solicitar:
Números de Comprobantes Fiscales.
Certificaciones.
prórrogas.
Acuerdos de Pago.
Compensación.
Cese temporal.

Realizar:
Modificaciones al RNC.
Rectificativas.
Pago a cuenta.

Informar sobre:

Cierre definitivo del negocio.
venta.
Fusión.

Asimismo, eventualmente la DGII podrá:

Solicitar información al contribuyente.
Notificar al contribuyente.
Controlar y fiscalizar al contribuyente.
 

miércoles, 23 de noviembre de 2011

SEGURO DE RIESGOS LABORALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿QUE ES EL SEGURO DE RIESGOS LABRALES (SRL)?

Es el seguro de la Ley 87-01 destinado para prevenir y cubrir los daños ocasionados por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.  Comprende toda lesión corporal y todo estado mórbido que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que presta por cuenta ajena.  Incluye los tratamientos por accidentes de tránsito en horas laborables y/o en la ruta hacia o desde el centro de trabajo.

¿CUALES SON LAS NORMATIVAS?

La Ley 87-01.
El Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales.
Las Resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que así lo establezcan.

¿QUIENES DEBEN ESTAR AFILIADOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES (SRL)?

Los empleadores y trabajadores bajo dependencia.

¿COMO AFILIARSE?

Automáticamente, el empleador registra su empresa e inscribe a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

¿CUALES SON LAS PRESTACIONES?

Prestaciones en especie:
Atención médica y asistencia odontológica.
Prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación.

Prestaciones en dinero:
Subsidio por discapacidad temporal.
Indemnización por discapacidad.
Pensión por discapacidad y Pensión de sobrevivencia.


LA DIRECCIÓN EN LOS NEGOCIOS.

Dirigir, tal y como se entiende en el ámbito de la empresa, no es otra cosa que tomar decisiones y garantizar que se lleven a cabo.   Lo cual implica asignar los recursos escasos a tareas selectivas.

A lo largo de la vida de la empresa es necesario marcar un camino que hará que esta se posicione positivamente dentro de los mercados en los que opere.   Cada una de estas pautas son decisiones que se toman desde la dirección de la organización.

La dirección, por tanto, debe conocer todos y cada uno de los recursos de los que dispone, puesto que todos influirán en todas las situaciones que afecten a la empresa.   Deberá, por tanto, coordinar conjuntamente todos estos recursos en función de cada decisión y por tanto de cada finalidad marcada, consiguiendo que estos se comporten de manera integrada como un sistema único e indispensable para garantizar el éxito de la empresa en un futuro más o menos cercano.

Parece obvio aclarar que para lograr ese éxito antes de cualquier decisión, es necesario determinar un horizonte temporal dentro del cual se puedan enmarcar los objetivos de la empresa (bien sean objetivos a corto o largo plazo).


domingo, 20 de noviembre de 2011

DESTINO DE LOS IMPUESTOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIA.

A continuación veremos las instituciones que elaboran el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.

MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO.

Formula lineamientos de política de desarrollo económico, social y territorial.
Somete al Consejo de Gobierno para su conocimiento y aprobación.

INSTITUCIONES PUBLICAS.

De acuerdo con los lineamientos aprobados por el Consejo de Gobierno, cada institución prepara su plan estratégico institucional y su presupuesto anual.

MINISTERIO DE HACIENDA.

Elabora las políticas presupuestarias y formula Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.

PODER EJECUTIVO.

Consejo de Gobierno aprueba Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos, el cual es sometido al Poder Legislativo, para convertirlo en Ley.

PODER LEGISLATIVO.

Congreso Nacional (Senado y Cámara de Diputados) aprueba Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.

                                                            INGRESOS TRIBUTARIOS.

Presentamos las instituciones encargadas de administrar y distribuir el dinero recaudado a través de los impuestos que pagan los contribuyentes.

                                                      ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (DGA).

Colecturías.
Internet.
Bancos autorizados.

DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII).

Administraciones Locales.
Internet.
Bancos autorizados.

Recaudan el dinero de los impuestos y lo depositan en la cuenta de la tesorería del Banco de Reservas.

TESORERÍA NACIONAL.

Administra los ingresos tributarios y otros ingresos, y los distribuye a las instituciones públicas para que ejecuten su presupuesto previamente aprobado.

Las Instituciones Públicas, realizan obras y servicios que reciben los ciudadanos:

SALUD, EDUCACIÓN, SEGURIDAD, CARRETERAS, AGUA POTABLE, BIBLIOTECAS, DEPORTES. 

       

viernes, 18 de noviembre de 2011

SEGURO DE PENSIONES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Es un conjunto de seguros integrados por un sistema de capitalización, basado en una Cuenta de Capitalización Individual (CCI) para cada afiliado y un sistema de Reparto, solidario, con un fondo común, de beneficios definidos y acumulación año a año.

¿COMO SE FINANCIA?

El seguro de pensiones en el régimen contributivo se financia mediante las cotizaciones y contribuciones obligatorias de los empleadores y de los trabajadores, los beneficios, intereses y rentas provenientes de las reservas del Fondo de Solidaridad, las multas, entre otras.

¿CUALES SON LAS PRESTACIONES?

Pensión por vejez.
Pensión por discapacidad, total o parcial.
Pensión por Cesantía por edad avanzada y
Pensión de sobrevivencia.

¿COMO AFILIARSE AL SEGURO DE PENSIONES?

A través de la nomina de su empleador, el cual tiene la obligación de registrar a sus trabajadores en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).   El trabajador debe elegir la Administradora de Fondos de Pensiones que administrará su Cuenta de Capitalización Individual.   Si usted no elige,  el Sistema lo afilia automáticamente en la AFP donde estén la mayoría de sus compañeros de trabajo.

¿QUE ES UNA CUENTA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL (CCI)?

Es el registro individual unificado de los aportes, que de acuerdo a lo establecido en la ley 87-01 es propiedad exclusiva de cada afiliado.   Este registro se efectúa en la AFP de elección del trabajador y comprende todos los aportes voluntarios y obligatorios, la rentabilidad y el bono de reconocimiento, si aplica.

domingo, 6 de noviembre de 2011

REGISTROS Y PAGOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

¿DONDE SE PAGA LA SEGURIDAD SOCIAL?

En la red bancaria y entidades autorizadas por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), para recibir el pago de los aportes de los contribuyentes.

¿A NOMBRE DE QUIEN SE REALIZAN LOS PAGOS A LA SEGURIDAD SOCIAL?

A nombre de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

¿ COMO SE VERIFICA EL HISTORIAL DE PAGO DEL TRABAJADOR EN LA SEGURIDAD SOCIAL?

Comunicándose con la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).

¿LOS EMPLEADOS EXTRANJEROS COTIZAN A LA SEGURIDAD SOCIAL?

Si, todos los trabajadores residentes legales deben cotizar.

¿EN QUE CONSISTE EL ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) Y LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

Es un acuerdo entre ambas instituciones, a través del cual se desarrollan intercambios de informaciones sobre las empresas públicas y privadas, a los fines de facilitar las retenciones de impuestos sobre la renta y los aportes de la seguridad social.

¿DONDE SE CONSIGUEN LAS NORMATIVAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

En las páginas de Internet de los organismos e instituciones de la Seguridad Social.

Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
Superintendencia de Pensiones (SIPEN).
Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA)
Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Otras.