viernes, 23 de diciembre de 2016

Descargo de Inmuebles en República Dominicana.

¿Qué es el Descargo de inmuebles?

Es el proceso mediante el cual la o el vendedor de un inmueble informa a la Dirección General de impuestos internos (DGII), sobre la venta del mismo, a fin de descargarlo de su patrimonio de acuerdo a lo establecido en la Norma General 08-2014 sobre Descargo de Inmuebles.

¿Quiénes deben realizar el Descargo de Inmuebles?

Las personas físicas y jurídicas que hayan efectuado una venta de un bien inmueble, ya sea un solar, una casa, un apartamento o un local comercial.

¿Cuál es el plazo establecido para realizar el Descargo de Inmuebles?

Las o los contribuyentes tienen un plazo de seis (6) meses, a partir de la fecha del acto de transferencia del inmueble para registrar el descargo.

¿Cuáles efectos tiene registrar el Descargo de un Inmueble?

Actualizar el patrimonio registrado en la DGII, de la persona que vende un inmueble.

La DGII procederá a colocar una oposición administrativa al inmueble descargado, por no pago del Impuesto de Transferencia.

La o el comprador del inmueble será responsable del cumplimiento del pago del impuesto a la propiedad inmobiliaria (IPI), y al impuesto a los Activos que se hayan generado a partir de la fecha del acto de transferencia.

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