lunes, 3 de octubre de 2011

¿MEJORARAN LAS CONDICIONES DE VIDA DE LOS PENSIONADOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA?

La Ley de Seguridad Social 87-01, manda a que el Estado Dominicano fortalezca el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, Institución creada mediante la Ley 352-98, en el mes de agosto de 1998.  Dicho Consejo tiene la finalidad de desarrollar servicios especiales, con el fin de darle valor al aporte de la población de adultos mayores, procurando que disfruten de sus años de retiro.

Las personas pensionadas tendrán un trato especial y más humano.   Además, la Ley de Seguridad Social contempla la creación de programas de servicios especiales para envejecientes.

Para jubilados y pensionados habrá precios especiales y estarán a su disposición clubes sociales y recreativos.

PRECIOS Y TARIFAS ESPECIALES.

Todos los pensionados disfrutarán de precios especiales en la compra de enseres domésticos, ropa, libros revistas.   Además, tendrán derecho a tarifas especiales en el transporte público y en las actividades turísticas, recreativas, deportivas y culturales.

Con la Seguridad Social los montos de las pensiones serán actualizados de acuerdo al aumento de precios debido a la inflación.

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