jueves, 22 de septiembre de 2011

EXENCIONES PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Las personas físicas cuya renta anual no supere la suma de RD$ 371,124.00.

La Regalía Pascual equivalente a la deudécima parte del salario anual.

Aportaciones a la Seguridad Social.

Las indemnizaciones por accidentes de trabajo.

Las indemnizaciones de preaviso y auxilio de cesantía, conforme lo establecido en el Códico de Trabajo y las leyes sobre la materia.

La compensación por enfermedad o lesión pagadera en virtud de un seguro de salud o invalidez.

Los intereses percibidos por las personas físicas de instituciones financieras reguladas por las autoridades monetarias; así como del Banco Nacional de la Vivienda y de las Asociaciones de Ahorros y Préstamos.

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